PARA:POBLACIÓN RECICLADORA
DE:Subdirección de Aprovechamiento
ASUNTO:Resolución 843 de 2022
En el marco de la Convocatoria para la entrega de kits de maquinaria a las Organizaciones de recicladores de Bogotá, creada mediante Resolución No 843 del 23 de diciembre de 2022 y teniendo en cuenta las inquietudes surgidas en las reuniones realizadas el día 23 de enero del presente año, aclaramos lo siguiente:
- Frente al requerimiento por parte de algunas organizaciones de recicladores, de eliminar el criterio habilitante No 7 “ La organización integrada por recicladores de oficio que tengan multas o comparendos de carácter ambiental vigentes, quedará inhabilitada para la evaluación del proyecto al programa de adquisición de maquinaria.
Esta inhabilidad solo se podrá subsanar si dentro del término de 10 días hábiles siguientes a la presentación del proyecto, la organización presenta el certificado correspondiente que determine que la sanción pedagógica y/o económica fue subsanada.
Para efectos de lo anterior, cada organización deberá suministrar un listado en Excel que contenga nombres, apellidos y cédula de cada uno de sus recicladores asociados a la Organización. La verificación se realizará por medio de la plataforma de la Policía Nacional a través del siguiente link:
https://srvcnpc.policia.gov.co/PSC/frm_cnp_consulta.aspx.”
se informa que como prestadores del servicio público de aseo y dando cumplimiento al decreto 014 del 6 de enero 2023, art.3. se debe acatar y garantizar las medidas adicionales para la reducción de afectaciones al ambiente y espacio público derivadas de la inadecuada gestión de residuos sólidos, es por esto, que esta solicitud se mantendrá dentro de los requisitos habilitantes.
- Respecto al requerimiento de algunas organizaciones de poder presentar los proyectos con bodegas arrendadas y/o que no se encuentren inscritas como Estaciones de clasificación y aprovechamiento- ECA, se informa que las infraestructuras que sean presentadas dentro de los proyectos deberán ser afectas, al servicio público de aseo, es decir que deben estar inscritas con el correspondiente NUECA, ante la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios.
- Teniendo en cuenta la solicitud por parte de algunas Organizaciones de Recicladores, de reducir el área operativa disponible mínima requerida de 50 mts2, para dar mayor posibilidad de participación a las organizaciones pequeñas, se aprueba como área mínima operativa requerida un área de 35 mts2, pero se mantiene la exigencia de la altura mínima de 5 mts.
- Referente al requerimiento de información técnica adicional a la publicada en la página web de la entidad de algunas de las máquinas que componen el kit, al igual que las opciones para reducir los puntos de conexión de 440 a 220 voltios, se solicitó directamente la información al contratista del suministro de los equipos y será compartida a las Organizaciones de recicladores por medio de los profesionales asignados para realizar el acompañamiento a la formulación de los proyectos.
- En relación con la petición manifestada por algunas organizaciones de recicladores que solicitan conocer el porcentaje del material plástico posconsumo que será entregado al Parque Industrial del Plástico, la UAESP se permite manifestar que, en el acto administrativo de entrega de los kits de maquinaria se establecerá el compromiso de realizar la entrega del material plástico al PIP, así como las obligaciones de los beneficiarios. No obstante, las organizaciones podrán indicar en su proyecto las condiciones, porcentajes y precios de venta (acorde con sus proyecciones) que le permita establecer a la organización la viabilidad financiera de su proyecto.
- Según la solicitud de algunas Organizaciones de recicladores de modificar la fecha de radicación de los proyectos, la UAESP se permite informar que el nuevo plazo para radicar los proyectos que participarán en el marco de la Resolución 843 de 2022 es hasta el próximo 10 de marzo de 2023.
- Se reitera que actualmente se adelanta el estudio para la gobernanza del Parque Industrial del Plástico; una vez el documento esté completo y validado técnicamente, se podrán aclarar inquietudes como la administración y el modelo de negocio del proyecto. En todo caso, el proyecto del Parque Industrial del Plástico tendrá en cuenta los precios vigentes del mercado para la compra y venta de resina plástica, lo cual ha sido un interrogante de algunas organizaciones.
- Frente a la solicitud de citar una Mesa Distrital de Recicladores, es preciso indicar que una vez revisado el requerimiento se concluye que reconociendo la importancia de la participación activa de la población recicladora y teniendo en cuenta que la Resolución UAESP 843 de 2022 “Por la cual se crea el Programa para la entrega de Kits de maquinaria", es un instrumento de participación voluntaria por parte de las organizaciones de recicladores que manifestaron interés, se desarrollarán mesas de trabajo especificas en el marco de este programa que permitan avanzar con la convocatoria, para posteriormente cuando se tenga definida la gobernanza del Parque Industrial del Plástico, convocar a una Mesa Distrital de Recicladores en el marco de la Resolución UAESP 535 de 2022.
Las aprobaciones realizadas en este comunicado, serán publicadas mediante acto administrativo modificatorio a la resolución No 843 de 2022.
Por último, estamos prestos a brindar el acompañamiento necesario para la formulación del proyecto que participará por la adquisición de la maquinaria que permitirá fortalecer la actividad de aprovechamiento en el marco del servicio público de aseo en la ciudad y así mismo aumentar las tasas de aprovechamiento.
Cordialmente,
FABIAN HUMBERTO FAJARDO
Subdirector de Aprovechamiento (E ).
Email: uaesp@uaesp.gov.co