La Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos -UAESP informa que a partir del 01 de diciembre de 2021, se reactiva el acceso general a los cementerios con un aforo de hasta el 100%.
De conformidad con las medidas de reactivación de las actividades económicas, sociales y del Estado, de que trata la Resolución 777 de 2021, modificada por la Resolución 1687 de 2021, del Ministerio de Salud y Protección Social y el Decreto 442 de 2021 de la Alcaldía de Bogotá D.C, la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos– UAESP– informa que:
1. Los cementerios de propiedad del Distrito, a través del Concesionario Jardines de Luz y Paz S.A.S, continúan garantizando la prestación de servicios funerarios de manera permanente, con atención a los protocolos de bioseguridad y la disponibilidad del equipamiento de cremación en su totalidad.
2. A partir del 01 de diciembre de 2021, se reactiva el acceso general a los cementerios con un aforo de hasta el 100% en el marco la Resolución 777 de 2021, modificada por la Resolución 1687 de 2021, y Decreto 442 de 2021 de la Alcaldía de Bogotá D.C, siempre y cuando se dé obligatorio cumplimiento a los protocolos de bioseguridad, adoptados por el Ministerio de Salud y Protección Social y demás instrucciones impartidas por la Secretaría Distrital de Salud, especialmente, el uso adecuado del tapabocas, lavado y/o desinfección de manos y el distanciamiento físico de al menos un (1) metro, evitando en todo caso cualquier tipo de aglomeración.
3. El ingreso de usuarios y visitantes a los cementerios propiedad del Distrito será así: Cementerio Central: portería de la Carrera 20, Calle 24 y Avenida Calle 26. Cementerio Norte: portería de la Carrera 30. Cementerio Sur: portería de la Carrera 27. Cementerio Serafín: portería Av. Calle 71 sur. Nota: El Cementerio del Norte no tendrá ingreso por la puerta de la Calle 68.
4. El Concesionario realizará estricto control de acceso a través del personal de vigilancia y seguridad y el apoyo de la Policía Nacional y Gestores de Convivencia cuando sea necesario, sin perjuicio de nuevas medidas por el incumplimiento de protocolos de bioseguridad o comportamientos contrarios a la convivencia por parte de usuarios y/o visitantes.
5. Para garantizar una adecuada movilidad de usuarios y visitantes al interior de los cementerios, la permanencia en estos lugares deberá ser de máximo una hora.
6. Los usuarios y acompañantes de los servicios de destino final de inhumación, cremación, exhumación y servicios religiosos deberán garantizar el cumplimiento de las medidas de bioseguridad, como el uso obligatorio del tapabocas y el distanciamiento social.
7. El ingreso a la sala de reconocimiento en el proceso de exhumación solo está autorizado para una persona.
8. Se recuerda que los servicios por fallecimientos COVID, no tienen permitido el acompañamiento a salas de recepción de servicios.
Se solicita a los usuarios y visitantes hacer uso razonable del tiempo y evacuar las instalaciones de los cementerios al terminar sus servicios y/o trámites.
El personal de seguridad tiene la obligación de realizar el control de acceso a las instalaciones de los cementerios, para lo cual hará inspección de bolsos y cualquier tipo de paquete.
Los usuarios y visitantes deben acatar los protocolos de seguridad establecidos, en caso de no cumplir con estos se procederá a informar a las autoridades competentes, para la imposición de sanciones y multas establecidas en el Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana, así como las demás sanciones a que haya lugar.
Es responsabilidad de todos tomar las medidas necesarias de cuidado y autocuidado para minimizar cualquier riesgo de contagio y trasmisión de COVID-19.
Siendo los cementerios propiedad de Distrito espacios simbólicos de memoria social y colectiva, antes que de esparcimiento o recreativos, está prohibido el ingreso de personas en estado de alicoramiento o bajo efectos de sustancias alucinógenas y cualquier otro comportamiento que se enmarque en las prohibiciones de que trata el Decreto 367 de 1995, reglamento para la concesión de los cementerios, por lo que se invita a los usuarios y visitantes y a la ciudadanía en general, a hacer un uso responsable y adecuado de los Cementerios Distritales.
En caso de información adicional, invitamos a la ciudadanía a comunicarse a través de las líneas de atención que se relacionan a continuación o siguiendo las redes sociales de los Cementerios Distritales y la UAESP.
TELÉFONOS DE CONTACTO POR CEMENTERIO | ||
CEMENTERIO CENTRAL | 601 7 44 97 75 | |
CEMENTERIO DISTRITAL NORTE o CHAPINERO | 601 7 43 00 93 | |
CEMENTERIO DISTRITAL DEL SUR o MATATIGRES | 601 3 90 45 44 | |
CEMENTERIO PARQUE SERAFÍN | 601 7 46 06 10 | |
LÍNEA CELULAR Y WHATSAPP (lunes a sábado de 8:00 am a 4:00 pm) | 323 2445810 | |
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AUSENCIA DE RESPONSABILIDAD. En todo caso, la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos – UAESP - manifiesta, que queda exenta y libre de toda responsabilidad en caso de contagio y afectaciones por COVID-19, al personal de arrendatarios de los locales, clientes, proveedores o terceros relacionados.
Nombre | Descripción | Tamaño |
V3_Comunicado_No_13_reapertura_general_partir_del_01_12.pdf | Comunicado No. 13 dirigido a la ciudadanía, usuarios y visitantes de los cementerios del Distrito. | 216.38 KB |