El peticionario deberá ostentar la propiedad del osario, bóveda o cenizario, por lo que deberá presentar a nuestro operador funerario en los cuatro cementerios del Distrito (Serafin, Sur, Central y Norte), copia del Registro de Instrumentos Públicos, fotocopia de cédula y registro civil de defunción.
Si no es el titular de la propiedad del bien inmueble, deberá adicionar a los documentos mencionados la autorización del propietario de dicho bien.