Desde el proceso de Talento Humano nos permitimos aclarar que, de acuerdo con la ficha publicada, no es requisito el Titulo de Postgrado en áreas relacionadas con las funciones al cargo, según lo planteado en el manual de funciones Resolución 158 de 2018 (Pg 115), para el proceso de encargo No. 032 del Empleo Profesional Universitario, Código 219, Grado 12 de la Subdirección de Disposición Final, toda vez que el requisito de título de especialista no debe ser requerido para el empleo de Profesional Universitario.